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TAREA 16 IMSS, EQUIPO 2

DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL  CARRERA: LIC. EN ADMINISTRACIÓN GRUPO : B TAREA NÚMERO:  16 NOMBRE DE LA TAREA IMSS   NÚMERO EQUIPO  2 INTEGRANTES Empezando por apellidos en orden alfabético, resaltar al jefe CALIFICACIÓN DE EQUIPO (DE ACUERDO CON LA RÚBRICA) 1.     Azueta Sosa Ingrid Arlet E 2.     Canche Mukul Zuri Yavneh  E 3.     Cano Guillen Rafael Omar E 4.      Gonzalez Nadal Keila Abigail E 5.     Ramos Velazquez Juan Alonso (Jefe de Equipo) E 6.     Rios Liborio Sarah E

PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES

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  PRESTACIONES ECONÓMICAS Las prestaciones económicas son las ayudas que los derechohabientes del Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) tienen por situaciones extraordinarias. Cuando a los empleados se les inscribe en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), éstos adquieren el derecho a las siguientes prestaciones económicas: 1.Subsidios: Aplica cuando un trabajador está incapacitado para trabajar de manera temporal, como consecuencia de un accidente, enfermedad o maternidad. 2. Pensiones Es una prestación económica que se otorgará al asegurado o a sus beneficiarios cuando se cumplan las condiciones para solicitarla, las cuales se describen en la Ley del Seguro Social. 3. Ayudas económicas Diferentes tipos de ayudas que ofrece el IMSS a los asegurados, como alternativas para solucionar problemas de liquidez. PRESTACIONES SOCIALES El IMSS otorga el seguro de Guardería para atender a los hijos de aquellas personas que cumplen con los requisitos ...

DERECHOS DE LOS PENSIONADOS

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  Ayuda para gastos funerarios, consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha del fallecimiento. Ayuda para gastos de matrimonio, una cantidad equivalente a treinta Unidades de Medida y Actualización. Este derecho se ejerce por una sola vez y el asegurado no tendrá derecho por posteriores matrimonios. Atención médica para la familia Atención a guarderías para mujeres trabajadoras, para hombres que son divorciados o viudos. Vigencia de derechos para atención médica, sin haber pasado ocho semanas desde la fecha en que fue dado de baja. Seguro para la familia, se paga una cuota anual en la que se paga un importe por cada miembro que se desea asegurar. Incapacidad por maternidad, tendrá el derecho a un subsidio en dinero al cien por ciento del último salario diario cotizado y una incapacidad por parto de 84 días.  Incapacidad por riesgo de trabajo, tiene derecho a una compensación al 100 por ciento del salario a partir del primer día ...

PENSIONES

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Es una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrir un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad.   La ley del Seguro Social prevé dos tipos regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse: Régimen de 1973 ( si cotizo antes del 1 de julio de 1997) Régimen de 1997 ( si cotizo a partir del 1 de julio de 1997) Tipos de pensiones Pensiones para el asegurado relacionadas con la edad. ( cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado) Pensiones para el trabajador al ocurrir un accidente de trabajo o padecer una enfermedad. (incapacidad permanente parcial o total e invalidez) Pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte. ( viudez, orfandad y ascendientes)

RESTRICCIONES DEL RÉGIMEN VOLUNTARIO

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  No será sujeto de aseguramiento el solicitante que presente: Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras.  Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH). No se proporcionarán las prestaciones en especie, al asegurado o sus beneficiarios, durante los tiempos y por los padecimientos y tratamientos siguientes: Seis meses:...

RÉGIMEN VOLUNTARIO

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Es la prestación del servicio del IMSS a todas aquellas personas que no han sido afiliados al instituto quienes son trabajadores no asalariados como lo son los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionistas, comerciantes en pequeño, artesanos, trabajadores no asalariados entre otros. Se divide en 10 modalidades que engloban los diferentes tipos de profesionales y personas a los que se les proporcionará coberturas  Modalidad 32 seguro facultativo y modalidad 33 seguro de salud para la familia (estos dan protección solamente en caso de enfermedades de maternidad y no dan derecho a recibir prestaciones). Modalidad 34 trabajadores domésticos (ofrece protección a los trabajadores domésticos en los casos que se enmarca en los riesgos laborales y no da derecho a prestaciones). Modalidad 35 patrones personas físicas con trabajadores a su servicio. (Ofrece coberturas en las contingencias de riesgo de trabajo, enfermedad y maternidad etc y si da derecho a pres...

RIESGOS DE TRABAJO (LFT)

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  ¿QUE ES UN RIESGO DE TRABAJO (ENFERMEDAD Y ACCIDENTE DE TRABAJO)? La Ley Federal del Trabajo en el artículo 473,define como riesgo de trabajo, como los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con motivo del trabajo; mientras que en el artículo 474,dice que: accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muertes, producida repentinamente en ejercicio, con el motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo y de este a aquel. La enfermedad de trabajo  se define en el artículo 475 de la misma ley como: todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. LOS TRAB...